Área de práctica

Insolvencia y Reemprendimiento

Liquidación y reorganización de empresas y personas deudoras bajo la Ley 20.720, para reemprender con respaldo legal.

Qué incluye esta asesoría

  • Procedimiento de Liquidación Voluntaria de empresa y persona deudora
  • Reorganización de Empresa Deudora
  • Verificaciones de Créditos

Preguntas frecuentes

¿Qué es la Ley 20.720 y a quién le sirve?

Es la ley que ordena las deudas que ya no se pueden pagar. Distingue entre la persona deudora y la empresa deudora, y para cada una abre dos caminos: renegociar o liquidar. Para la persona deudora, la renegociación es un procedimiento administrativo y gratuito ante la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento.

Si me acojo a la ley, ¿dejan de llamarme las empresas de cobranza?

Desde que se publica la resolución de admisibilidad en el Boletín Concursal y hasta que termina el procedimiento, los acreedores no pueden iniciar juicios ejecutivos ni ejecuciones en tu contra, y dejan de correr los intereses moratorios pactados. Para entrar hacen falta al menos dos deudas vencidas hace más de 90 días corridos que sumen más de 80 UF.

¿Pierdo mi casa o mi auto si me declaro insolvente?

No automáticamente. La renegociación existe justamente para llegar a un acuerdo sin liquidar bienes; la liquidación, en cambio, realiza los del deudor, salvo los que la ley declara inembargables (art. 445 del Código de Procedimiento Civil). Cuál de los dos caminos corresponde depende del caso, y conviene decidirlo antes de que lo decida un acreedor.

Esto es información general sobre la ley chilena, no asesoría para un caso concreto: los plazos y requisitos cambian según los hechos.

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